Normativa de las fosas sépticas

domestic wastewater treatment

En nuestros post anteriores ya hemos abarcado temas relacionados con las fosas sépticas como su instalación, tipos de fosas sépticas, o la guía para solicitar una autorización de punto de vertido de aguas residuales urbanas.

En este post nos centraremos en las normativas técnicas que rigen estos equipos.

Normativa a nivel europeo:

La Directiva 91/271/CEE es la normativa europea que deben cumplir los Estados Miembros para garantizar que las aguas residuales que se vierten son tratadas previamente de manera adecuada.

Por un lado, esta Directiva aborda los sistemas de colectores para la recogida y conducción de las aguas residuales procedentes de aglomeraciones o núcleos urbanos. Por otro lado, establece los distintos tratamientos que debe sufrir el agua antes de su vertido.

En esta normativa se pueden encontrar los tratamientos mínimos requeridos para el agua residual urbana en función a la masa de agua que reciba el vertido y al número de habitantes equivalentes, así como el porcentaje de los parámetros de rendimiento mínimo requerido (DBO5, DQO, Sólidos en Suspensión (S.S.)).

Normativas técnicas:

Para decidir el modelo de fosa séptica a instalar en su terreno debe tener en cuenta los requerimientos que exige la Administración Hidráulica de su zona. Puede buscar en las páginas webs oficiales de la Confederación Hidrográfica correspondiente a su territorio o acudir a su Confederación Hidrográfica para resolver estas dudas.

La normativa técnica UNE-EN 12566 rige los distintos tipos de pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales de forma específica para núcleos de hasta 50 habitantes equivalentes.

Por ejemplo, para las cuencas hidrográficas que gestiona la Confederación Hidrográfica del Segura, los sistemas prefabricados de 0 a 50 habitantes equivalentes deben depurar el agua conforme con la Norma UNE-EN 12566, tal y como se expone a continuación:

“Hace referencia a los equipos que pertenecen a la parte de la norma 1 y 3. En relación a la parte 1 (UNE-EN 12566-1) para las fosas sépticas prefabricadas, y para la parte 3 (UNE-EN 12566-3), plantas de depuración de aguas residuales domésticas prefabricadas y/o montadas en su destino”.

En función del lugar a donde se viertan las aguas depuradas se podrá instalar un equipo que pertenezca a una parte u otra de la norma.

Para vertidos de aguas depuradas a masas de agua subterránea de vulnerabilidad intrínseca elevada y/o cauces superficiales, se exige la instalación de equipos que estén recogidos en la parte de la norma UNE-EN 12566-3, es decir, de tipo oxidación total. Los rendimientos mínimos que debe cumplir el sistema de depuración según la normativa de esta administración hidrográfica para sistemas prefabricados de 51 a 200 habitantes equivalentes son: DBO5: 70% DQO: 75% SS: 90%.

En el resto de casos, se pueden instalar equipos que pertenezcan a la parte exigible de la norma es UNE-EN 12566-1, tipo fosa-filtro. Los rendimientos mínimos requeridos para estos equipos son: DBO5: 60% DQO: 65% SS: 90%.

Consideraciones:

  • Debe tener en cuenta que según la Ley de Aguas, el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales que puedan contaminar las aguas continentales, así como el resto del dominio público hidráulico está prohibido, a excepción de los casos en los que se cuenta con una autorización previa administrativa.

En nuestro post “Guía para la autorización de un punto de vertido de aguas residuales urbanas” podrá informarse sobre el proceso para solicitar esta autorización.

  • Por otro lado, se deben consultar los requisitos y especificaciones que deben cumplir los equipos de depuración para instalarlos en la zona hidrográfica que abarque su confederación hidrográfica.
  • Las fosas sépticas deben construirse y usarse de acuerdo con ciertas normativas para garantizar su correcto funcionamiento. Estas normativas abarcan desde los requisitos de construcción hasta de uso y mantenimiento. Siguiendo estas normativas se puede garantizar la seguridad y la eficiencia de estos sistemas de depuración.
  • Al comprar una fosa séptica, debe asegurarse de la homologación del equipo y a qué parte de la norma pertenece. Esta información puede encontrarla en la declaración de conformidad y en la ficha técnica de la fosa séptica.

En nuestra página web podrás encontrar fosas sépticas adaptadas a tus necesidades del fabricante RIKUTEC IBERIA, que incorporan el marcado CE de obligado cumplimiento desde el 1 de diciembre de 2005, basado en la norma UNE-EN 12566- 1 para fosas y depósitos a partir de 2.000 litros de capacidad.

En Mundoriego estaremos encantados de ayudarte si quieres comprar una fosa séptica. Visita nuestra página web para conocer nuestros equipos. Cualquier duda o consulta contáctanos!

 

Autor de la entrada

Sergio

Sergio

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.